Estimadas/os compañeras/os:
Os enviamos informacion sobre los acuerdos firmados con el Gobierno, y que afectan
a retribuciones, estabilidad y promocion del profesorado universitario.
Indicaros que los fondos que a traves de la Ley General de Presupuestos del
Estado se transfieren a la Comunidad Autonoma de Galicia para hacer frente al
Plan de Estabilidad y Promocion del Profesorado ascienden a un 6,87 por ciento
de la aportacion del Estado (21000 millones de ptas), esto es, 1.442 millones
para un periodo de 3 años, a repartir entre las 3 Universidades Gallegas, segun
criterio de numero de alumnos o equivalente. A ello habra que añadir la aportacion
acordada de nuestra Comunidad Autonoma. El destino final de estos fondos implicara
la firma de un convenio entre los Ministros de Economia y Hacienda, Educacion
y Cultura, la Xunta de Galicia y los Rectores de las Universidades de Galicia,
a fin de establecer su aplicacion en la convocatoria de plazas de profesorado
numerario (Titular de Universidad) para aquellos profesores contratados (asociados
y ayudantes) que tengan la condicion de doctor, además de dar aplicacion a los
acuerdos que abajo os detallamos.
La firma del acuerdo con el Gobierno se ha hecho sobre la base de la negociacion
de este convenio en el marco de la Mesa de Negociacion de Universidad de nuestra
Comunidad Autonoma, o, en su caso, de las Mesas de Negociacion que se constituyan
en cada una de las Universidades de A Coruña, Santiago y Vigo.
Os tendremos informados.
Un cordial y afectuoso saludo,
Delegación de UGT en la Junta de Personal.
SUMARIO
1.- Texto completo del acuerdo sobre el plan de promocion y estabilidad del
profesorado universitario.
2.- Valoracion de UGT del acuerdo firmado.
1. TEXTO COMPLETO DEL ACUERDO SOBRE EL PLAN DE PROMOCION Y ESTABILIDAD DEL
PROFESORADO UNIVERSITARIO
En Madrid, a 19 de enero de 2000, reunidos el Secretario de Estado de
Educacion, Universidades, Investigacion y Desarrollo del Ministerio de
Educacion y Cultura, el Secretario General de la Federacion de Enseñanza de
CC.OO., el Secretario General de la Federacion de Trabajadores de la
Enseñanza de la Union General de Trabajadores (FETE-UGT), el Presidente del
Sector Nacional de Universidades de la Confederacion de Sindicatos
Independientesy Sindical de Funcionarios (CSI-CSIF) y el Secretario General
de la Confederacion Intersindical Galega-Ensino (CIG), tras las
negociaciones llevadas a cabo en el seno de la Mesa Sectorial de
Negociacion de Universidades, en el marco del denominado Plan de Promocion
y Estabilidad del Profesorado, acuerdan:
1. Integracion de los Maestros de Taller o Laboratorio y Capataces de
Escuelas Tecnicas, en sus propias plazas, en el Cuerpo de Profesores
Titulares de Escuelas Universitarias, siempre que posean las condiciones de
titulacion exigidas para acceder a el, o las reunan en el plazo maximo de
cinco años desde la entrada en vigor de la correspondiente Ley.
2. Fijacion del componente general del complemento especifico de los
Profesores Titulares de Escuelas Universitarias en una cuantia que, en
estos momentos, venga a ser la de los actuales profesores de enseñanza
secundaria que tengan la condicion de Catedraticos.
3. Supresion de la limitacion temporal establecida en el parrafo segundo
del apartado 9 del articulo 20 del Real Decreto 898/1985, de 30 de abril,
sobre regimen del profesorado universitario, en la redaccion dada por el
Real Decreto 1200/1986, de 13 de junio, que preceptua que los contratos de
profesores asociados a tiempo completo no pueden extenderse por un tiempo
superior a tres años.
Al mismo tiempo se establecera que la renovacion de los contratos incluira
una prueba de evaluacion externa. El Ministerio de Educacion y Cultura
solicitara al Consejo de Universidades la elaboracion en el plazo maximo de
un año de los criterios generales de la citada prueba de evaluacion,
asimismo, informara a la Mesa Sectorial de Universidades del desarrollo del
proceso de elaboracion de los citados criterios y de su adopcion.
4. Creacion de la figura de Profesor Asociado Tipo 4 con dedicacion a
tiempo completo, cuando el candidato se encuentre en posesion del titulo de
Doctor.
5. Ampliacion a seis del numero maximo de evaluaciones favorables que un
profesor universitario puede obtener a efectos del complemento especifico
por meritos docentes (quinquenios) y del complemento de productividad
(sexenios).
6. Reconocimiento a profesores de Cuerpos docentes no universitarios, que
accedan o hayan accedido a Cuerpos docentes universitarios, de una
retribucion del componente por meritos docentes del complemento especifico
de la misma cuantia que tengan reconocida por ese concepto en la funcion
publica docente de la que procedan.
7. Convenios de Colaboracion entre la Administracion General del Estado,
las Comunidades Autonomas y las Universidades, para la consecucion del
equilibrio presupuestario y la consiguiente reduccion del endeudamiento de
las Universidades en el año 2002, con una duracion de tres años, en los que
las Comunidades Autonomas y las Universidades, en el ejercicio de sus
respectivas competencias, han decidido abordar un programa de estabilidad y
promocion del profesorado universitario. Para el cumplimiento de estos
Convenios, la Administracion General del Estado se compromete a aportar
21.000 millones de pesetas (a las 3 Universidades Gallegas les corresponde
el 6,87%) y las Comunidades Autonomas 7.700 millones de pesetas. Asimismo,
la Administracion General del Estado manifiesta su voluntad de informar a
la Mesa Sectorial de Universidades del desarrollo de estos Convenios, en
los ambitos correspondientes.
8. Las partes firmantes de este documento manifiestan su voluntad de
continuar la correspondiente interlocucion en el marco de las competencias
asignadas a la Mesa Sectorial de Universidades, y, en concreto, en todos
aquellos que puedan afectar a una posible modificacion de la Ley Organica
11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria.
POR LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION, UNIVERSIDADES, INVESTIGACION Y
DESARROLLO
EL SECRETARIO DE ESTADO - Fdo.: Jorge Fernandez Diaz
POR LAS ORGANIZACIONES SINDICALES
FETE-UGT - Fdo.: Rafael Jerez Hernandez
CC.OO. - Fdo.: Fernando Lezcano Lopez
CSI-CSIF - Fdo.: Juan Diego Pedrera Zamorano
CIG - Fdo.: Braulio Amaro Caamaño.
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2. VALORACION DE UGT DEL ACUERDO FIRMADO
La firma del Acuerdo para la estabilizacion y promocion del profesorado
universitario entre las Centrales Sindicales UGT, CC.OO., CSIF y CIG y la
Secretaria de Estado de Educacion, Universidades, Investigacion y
Desarrollo (SEUID), el dia 19-1-2000, supone, desde el punto de vista de
FETE-UGT, un paso adelante para la correccion de la precariedad, basada en
la utilizacion de la figura de Asociado a Tiempo Completo, y para abrir
vias de promocion en el profesorado funcionario. Esencialmente, FETE-UGT
valora positivamente:
· El compromiso de financiacion trianual de 28.700 millones de pesetas, de
los que 21.000 millones seran aportados por la Administracion General del
Estado y 7.700 por las Comunidades Autonomas.
· El reconocimiento de los sexenios docentes de profesores que proceden de
enseñanzas no universitarias.
· La equiparacion de los Titulares de Escuela con los Catedraticos de
Secundaria en la cuantia del complemento especifico.
· La integracion de los Maestros de Taller y Laboratorio con titulacion
suficiente, en el cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria.
· La ampliacion a 6 del numero maximo de quinquenios y sexenios.
· La creacion del tipo 4 de Asociado a Tiempo Completo, con un salario de
4.000.000 de pesetas.
No obstante, FETE-UGT ha defendido en la Mesa Sectorial de Universidades
otros eleemntos basicos que finalmente no han sido recogidos en el Acuerdo,
pero que seran objetivos prioritarios en las negociaciones de los proximos
meses:
· La ampliacion del colectivo afectado por el plan de estabilizacion,
incluyendo a los PIC (Personal Investigador Contratado, con cargo a
proyectos), y a los Asociados a Tiempo Parcial con dedicacion de hecho a
tiempo completo a la Universidad, y los Asociados que compatibilizan
docencia en Universidad y en Enseñanza Secundaria.
· La promocion de Titulares de Escuela Doctores por integracion como
Titulares de Universidad, y la de estos como Catedraticos cuando obtengan
tres quinquenios docentes y dos sexenios de investigacion.
· La elaboracion de un plan trienal de Convocatoria de plazas de Titular de
Escuela o Titular de Universidad, con participacion sindical en el
seguimiento de su ejecucion, a traves de las Mesas Sectoriales de
Universidad Autonomicas.
· La prorroga automatica de los actuales contratos hasta la convocatoria de
las correspondientes plazas. En este sentido hemos rechazado la realizacion
de evaluaciones externas, que podrian ser utilizadas por las Juntas de
Gobierno de las Universidades para realizar una seleccion discriminatoria,
previa a la convocatoria de las plazas. Ante la imposicion de evaluaciones
externas por la Secretaria de Estado, FETE-UGT ha exigido la elaboracion de
criterios objetivos y homogeneos por parte del Consejo de Universidades que
garanticen la transparencia de la renovacion transitoria de contratos.
Por todo ello, FETE-UGT saluda este acuerdo, a la vez que llama la atencion
sobre los peligros de su aplicacion, por lo que manifiesta su voluntad de
proseguir su lucha por los objetivos pendientes, asi como por la
participacion sindical en la concrecion de los planes de estabilizacion y
promocion, a traves de las Mesas Sectoriales Autonomicas.